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(Revista Electricidad) En el Diario Oficial se publicaron las modificaciones a la resolución de la CNE sobre interconexiones de transmisión en el sistema eléctrico, donde la infraestructura de servicios complementarios también se considera bajo esta categoría.
El viernes 24 de enero fueron publicados en el Diario Oficial los cambios a la resolución 360 de la Comisión Nacional de Energía (CNE), que establece los requisitos y condiciones aplicables a las interconexiones de transmisión en el sistema eléctrico nacional, sin que formen parte de la planificación, donde se destaca la ampliación del concepto de obra urgente y la inclusión de sistemas de almacenamiento en caso de proyectos de transmisión para conectar centrales de generación.
La resolución de la CNE regula el régimen excepcional de obras nuevas y de ampliación, previsto en el artículo 102 de la Ley General de Servicios Eléctricos, así como las obras nuevas y urgentes que no está prevista en la planificación de la transmisión.